Confirman condenas a cinco empresas petroleras
El Tercer Tribunal Superior de Justicia de Panamá confirmó la sentencia No. 45 de 30 de mayo de 2011 dictada por el Juzgado Noveno Civil, que declara la comisión de prácticas monopolísticas absoluta y relativa, por parte de los agentes económicos Petrolera Nacional, Shell Company, Texaco, Esso Standard y Petróleos Delta.
Tras casi 11 años del fallo original, el tribunal decretó que las petroleras incurrieron en la comisión de práctica monopolística absoluta, al combinarse para concertar y/o fijar los precios del transporte de combustible que era cobrado a las estaciones de servicio y por la práctica monopolística relativa, ante las estaciones de servicio con las que suscribieron contratos de exclusividad, al imponerles precios u otras condiciones que debían observar al revender bienes o prestar sus servicios, lo anterior con el objeto o efecto de desplazar a los agentes económicos del mercado pertinente.
La defensa legal de una de las empresas petroleras anunció recurso de casación contra la decisión de 18 de febrero de 2022. A cada uno de los agentes económicos encontrados culpables se les pueden imponer multas de hasta $150 mil.
Al ser agotada la instancia judicial, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) podrá imponer sanción administrativa,a favor del Tesoro Nacional, según lo dispone la Ley por práctica monopolística absoluta y relativa contra cada una de las empresas petroleras.
La demanda judicial que da origen al fallo fue interpuesta por la entonces Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC ahora ACODECO), en el año 2002.