ACP explica tema de marineros en remolcadores
La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) aclaró que la instrucción de operar los remolcadores con dos marineros es cónsona con lo establecido en el Certificado de Inspección de Seguridad Marítima (CDI) de cada remolcador, donde consta que la tripulación mínima requerida para la operación de dichas embarcaciones es de 1 capitán de buque a motor, 1 maquinista auxiliar para buques a motor y 2 marineros.
Un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia no se refiere a los reclamos de los capitanes de remolcadores, como se ha pretendido hacer ver, lo que indica es que la medida administrativa tomada en abril de 2018, fue imprevista para los marinos y significó un cambio en sus condiciones de trabajo.
En abril del 2018 se eliminó el tercer marino en los remolcadores que asisten a los buques dentro de las esclusas Neopanamax.
Con al inicio de operaciones del tercer juego de esclusas del Canal en junio del año 2016, se decidió asignar de manera temporal un tercer marinero adicional en los remolcadores de Proa (Alfa) y Popa (Delta), con la intención de permitir la exposición al proceso de operación de las nuevas esclusas, a pesar de que la dotación estándar de los remolcadores es de dos 2)marineros.
En el año 2017, la ACP normalizó la operación y volvió a la dotación de dos marineros en los remolcadores de Popa (Delta), que es la práctica estándar en el mundo marítimo. Frente a esta decisión, ningún trabajador presentó ninguna queja o reclamo.
En abril del 2018, la ACP decide normalizar también la dotación de dos marineros en los remolcadores de Proa (Alfa), tomando en consideración que ya la fuerza laboral estaba familiarizada con la nueva operación. · Frente a esta decisión, algunos capitanes de remolcadores decidieron no operar bajo estas condiciones, que ya se estaban aplicando a los remolcadores de Popa (Delta), lo cual ocasionó retrasos que generaron afectaciones en la programación de tránsito de buques por las esclusas Neopanamax.
La ACP adoptó medidas administrativas disciplinarias contra estos capitanes, las cuales han sido presentadas ante las instancias legales correspondientes y todavía están en proceso.
Se aclara que la ACP, respetuosa del régimen legal del Canal, y sin perjuicio de lo que decidió este fallo, ya había cumplido en el año 2020 con la notificación respectiva a los sindicatos que representan a los marineros de remolcador, a fin de que ejercieran su derecho a solicitar una negociación del impacto e implementación de la decisión tomada en el 2018.
El Panama Area Metal Trades Council (PAMTC), sindicato que representa a los marineros de remolcadores, solicitó negociar una Compensación Adicional Especial (CAE) equivalente al 50 % del salario por hora para los dos marinos que realizan labores a bordo de los remolcadores Proa (Alfa) en las esclusas Neopanamax. La ACP dijo estar dispuesta a negociar el impacto de la implementación de la medida, pero no el incremento monetario del salario, por lo que el PAMTC interpuso una disputa de negociabilidad, la cual se encuentra pendiente de la decisión ante la Corte Suprema de Justicia.
La ACP señala que no se ajusta a la verdad,, que el fallo de la Corte demuestre que las operaciones en los remolcadores con tres marinos abordos sea una operación insegura o que las medidas disciplinarias aplicadas a los capitanes de remolcadores carezcan de fundamento legal.